EROTISMO 7
Lo que sigue es la reflexión de un ciudadano
español de la época de Camilo José Cela:
“Un juez foráneo ha sentado la
jurisprudencia, a mi real saber y entender tan peligrosa como desequilibradora,
de que el mando viene obligado a pagarle los polvos propios (que los ajenos van
por otra cuenta) a su mujer.
Este podría decirse que es un erotismo
práctico que parte de la relación conyugal que se expresa así.
Los polvos conyugales, que por definición
suelen ser consuetudinarios y aburridos adquieren con la decisión del juez un
nuevo encanto. El del regateo, que quizá le sume novedad.
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